Vender una casa heredada en Castilla-La Mancha: guía 2026

Vender una casa heredada en Castilla-La Mancha: pasos, impuestos y plazos (2026)

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Una buena parte de las casas que vendemos en Tomelloso y Ciudad Real son heredadas. Casi siempre es la casa de los padres, y casi siempre la heredan varios hermanos que viven en sitios distintos y tienen ideas distintas sobre qué hacer con ella. Si estás en esa situación, esta guía te cuenta en orden lo que hay que hacer para venderla, qué impuestos se pagan en Castilla-La Mancha en 2026 y cómo evitar los errores que más dinero cuestan.

Antes de vender: hay que aceptar la herencia

No se puede vender una casa que sigue a nombre del fallecido. Primero los herederos tienen que aceptar la herencia ante notario y inscribir la casa a su nombre en el Registro de la Propiedad. El orden normal es este:

  1. Certificado de defunción y certificado de últimas voluntades, que dice si había testamento y ante qué notario se hizo. Este segundo no se puede pedir hasta que pasan 15 días hábiles desde el fallecimiento.
  2. Copia del testamento o, si no lo había, una declaración de herederos ante notario.
  3. Escritura de aceptación y adjudicación de herencia en la notaría, firmada por todos los herederos.
  4. Pago de los impuestos de la herencia: el de Sucesiones (a la Junta) y la plusvalía municipal (al Ayuntamiento). Lo vemos más abajo.
  5. Inscripción en el Registro a nombre de los herederos.

Un consejo que repetimos mucho: no esperéis a tener comprador para hacer todo esto. La venta puede ir en paralelo, pero si aparece el comprador y la herencia no está hecha, se pierden semanas y a veces la venta.

Los impuestos de la herencia en Castilla-La Mancha

Al heredar se pagan dos impuestos: el de Sucesiones, a la Junta, y la plusvalía municipal, al Ayuntamiento donde está la casa.

Impuesto de Sucesiones

Para hijos, nietos, cónyuges, padres y abuelos (los grupos I y II), Castilla-La Mancha aplica una bonificación sobre lo que salga a pagar, que depende de lo que recibe cada heredero (su base liquidable):

Lo que recibe cada heredero (base liquidable) Bonificación
Menos de 175.000 € 100 %
De 175.000 a 225.000 € 95 %
De 225.000 a 275.000 € 90 %
De 275.000 a 300.000 € 85 %
300.000 € o más 80 %

Antes de llegar a esa cifra se restan las reducciones: la de parentesco (15.956,87 € para hijos de 21 años o más y para cónyuges y padres; más para los menores de 21) y, si la casa era la vivienda habitual del fallecido, una reducción del 95 % de su valor, con un tope de 122.606,47 € por heredero. En la práctica, con una casa normal de Tomelloso o Ciudad Real, la mayoría de los hijos que heredan pagan muy poco o nada.

Tres cosas importantes:

  • Hay que presentar la declaración aunque salga a cero. El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, y se puede pedir una prórroga de otros 6 dentro de los 5 primeros meses (con intereses).
  • El valor que se declara de la casa no puede ser inferior a su valor de referencia del Catastro.
  • La reducción del 95 % por la vivienda habitual exige conservarla 10 años. Si la vendéis antes, se pierde y hay que regularizar. Con la bonificación de Castilla-La Mancha muchas veces el resultado sigue siendo cero o casi, pero hay que echar la cuenta antes de vender.

Plusvalía municipal por la herencia

La paga cada heredero por la subida de valor del suelo durante los años que el fallecido tuvo la casa. Plazo: 6 meses, prorrogable hasta un año. Los dos ayuntamientos tienen bonificaciones, pero son distintas:

  • Tomelloso: solo si la casa era la vivienda habitual del fallecido (empadronado al menos dos años). El 95 % para el cónyuge o la pareja de hecho, el 50 % para los hijos y el 95 % si el heredero tiene una discapacidad del 33 % o más. Hay que pedirla.
  • Ciudad Real: para hijos, cónyuge y padres, sea o no vivienda habitual, según la base del impuesto: 50 % hasta 10.000 €, 45 % hasta 25.000 €, 40 % hasta 50.000 €, 35 % hasta 100.000 € y nada por encima.

Los impuestos al vender la casa heredada

Cuando por fin vendéis, cada heredero paga por su parte:

  • Otra plusvalía municipal, ahora por el tiempo que ha pasado entre la herencia y la venta. Si vendéis poco después de heredar, suele ser pequeña; y si vendéis por menos del valor que declarasteis en la herencia, no se paga.
  • IRPF por la ganancia. Aquí está la clave: el «precio de compra» de una casa heredada es el valor que declarasteis en Sucesiones, más los gastos e impuestos que pagasteis al heredarla. A la venta se le restan sus gastos (la plusvalía, la inmobiliaria…). La diferencia tributa entre el 19 % y el 30 %: 19 % hasta 6.000 € de ganancia, 21 % de 6.000 a 50.000 € y 23 % de 50.000 a 200.000 €.

Por eso el valor que se pone en la herencia importa tanto. Si declaráis el mínimo y luego vendéis por bastante más, pagaréis IRPF por esa diferencia. Como en Castilla-La Mancha la bonificación de Sucesiones suele dejar ese impuesto en cero, a muchas familias les sale mejor declarar en la herencia el valor real de mercado (nunca por encima), y así casi no hay ganancia al vender. Pedid una valoración antes de firmar la herencia, no después.

Cuando los hermanos no se ponen de acuerdo

Es lo más difícil, y no tiene que ver con los papeles. Cuando una casa se hereda entre varios, para venderla tienen que firmar todos. Si uno no quiere, hay varias salidas:

  • Que uno compre la parte de los demás. Es lo más rápido si alguno quiere quedarse la casa. Para fijar el precio, lo mejor es una valoración independiente que nadie pueda discutir.
  • Vender y repartir. Se pone un precio entre todos y se firma un documento interno de cómo se reparte el dinero.
  • La división judicial (la «acción de división de la cosa común»). Ningún heredero está obligado a seguir siendo dueño a medias. Si no hay acuerdo, cualquiera puede pedir al juez que la casa se venda, normalmente en subasta. Es la última opción: tarda, cuesta dinero y en subasta se suele vender por menos.

En nuestra experiencia, la mayoría de los desacuerdos vienen del precio: uno cree que la casa vale mucho más que otro. Una valoración con las ventas reales de la zona suele poner a todos de acuerdo.

Errores que más dinero cuestan

  • Dejar pasar el plazo de Sucesiones sin pedir prórroga: hay recargos e intereses sobre lo que haya que pagar.
  • Declarar en la herencia el valor más bajo posible sin pensar en la venta. Parece que ahorra, pero ese valor es el «precio de compra» cuando vendáis. Si es bajo, la ganancia y el IRPF serán mayores.
  • Tener la casa vacía años. Se paga IBI, comunidad, seguro y suministros mínimos; la casa se deteriora y vale menos. Y si los herederos no la usan, cuenta en su IRPF como imputación de rentas.
  • Descubrir tarde que la casa no coincide con la escritura. Ampliaciones sin declarar, patios cubiertos, una planta de más: es muy habitual en casas antiguas. Hay que revisarlo antes de anunciarla.

Preguntas frecuentes

¿Podemos vender antes de tener hecha la herencia?

Se puede buscar comprador y negociar, pero para firmar la venta en la notaría la herencia tiene que estar aceptada. Si firmáis arras antes, poned un plazo hasta la notaría que dé tiempo a terminarla.

Uno de los hermanos vive fuera. ¿Tiene que venir a firmar?

No necesariamente: puede dar un poder notarial a otro hermano o a una persona de confianza, también desde un consulado si vive en el extranjero.

¿Hay que pagar Sucesiones si la bonificación es del 100 %?

No se paga, pero la declaración hay que presentarla igual, y dentro de plazo.

¿La casa vacía cuenta en la renta?

Sí. Una vivienda que no es la habitual de nadie y no está alquilada tributa en el IRPF como «imputación de rentas», un pequeño porcentaje de su valor catastral, repartido entre los herederos.

¿Quién paga el IBI mientras no se vende?

Los herederos, normalmente en proporción a la parte de cada uno, igual que la comunidad y el seguro.

¿Tenéis una casa heredada en Tomelloso, Ciudad Real o alrededores?

Os ayudamos con todo: la valoración para poneros de acuerdo, la revisión de papeles y la venta. Llámanos al 926 70 90 80 (Tomelloso) o al 926 30 42 39 (Ciudad Real), o pide la valoración gratis y te llamamos nosotros. Si queréis ver qué se pide hoy por una vivienda, mirad el precio de la vivienda en Tomelloso.

Esta guía es orientativa y está actualizada a noviembre de 2026. Cada herencia es distinta: antes de presentar los impuestos, consúltalo con tu notario o asesor fiscal.

Nuestras oficinas: Tomelloso · 926 70 90 80 · Ciudad Real · 926 30 42 39

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