Declaración de la Renta 2025: Guía completa para propietarios e inquilinos | GFIMA Inmobiliaria
Inmobiliaria · Blog
Fiscalidad & Vivienda 2026

Declaración de la Renta 2025:
guía completa

Ya ha arrancado la campaña del IRPF. Si eres propietario, inquilino, acabas de comprar o vender, o simplemente quieres saber qué ha cambiado este año, aquí tienes todo lo que necesitas antes del 30 de junio.

📅 Abril 2026 ✍️ GFIMA Inmobiliaria ⏱ 6 min de lectura
Por internet
8 abr – 30 jun
Renta Web · AEAT
Por teléfono
6 may – 30 jun
Cita previa desde el 29 abr
Presencial
1 jun – 30 jun
Cita previa desde el 29 may

Desde el 8 de abril de 2026 está abierta la campaña de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Tienes hasta el 30 de junio para presentarla — o el 25 de junio si el resultado sale a ingresar con domiciliación bancaria. Este año el IRPF viene cargado de novedades: nuevas deducciones, cambios en los tipos del ahorro, medidas para rentas bajas y mucho más. Desde GFIMA Inmobiliaria lo resumimos todo para ti.

Herramientas interactivas

Pregunta 1 de 8
Es vivienda habitual y reinvierto en otra en 2 años
Soy mayor de 65 años y es mi vivienda habitual

Estimación orientativa basada en la escala estatal del ahorro. No incluye tramo autonómico ni deducciones específicas. Consulta con un asesor fiscal para un cálculo definitivo.

1

¿Quién está obligado a declarar?

Con carácter general, deben presentar la declaración quienes hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros anuales de un solo pagador, o 15.876 euros si han tenido más de un pagador. En el ámbito inmobiliario, además:

También están obligados a declarar:

  • Propietarios con inmuebles alquilados, con independencia del importe cobrado
  • Quienes hayan vendido una vivienda y obtenido una ganancia o pérdida patrimonial
  • Quienes hayan recibido subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial
  • Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV)
  • Autónomos dados de alta en el RETA Novedad — ya no obliga a declarar el simple cobro de la prestación por desempleo
Novedad 2025: El Real Decreto-ley 2/2026 suprime la obligación de declarar el IRPF para los beneficiarios de la prestación por desempleo que no superen los umbrales generales. Si cobrabas el paro y no tienes otras rentas relevantes, consulta si estás o no obligado antes de presentar el borrador.

2

Si tienes una vivienda alquilada

Los ingresos del alquiler tributan como rendimientos del capital inmobiliario. No pagas por todo lo que cobras, sino por el beneficio real: ingresos menos gastos deducibles. Además, la imputación de rentas inmobiliarias se ve afectada por una novedad importante este año.

Novedad: ampliación del porcentaje reducido en imputación de rentas

Se amplían los casos en los que se aplica el porcentaje reducido del 1,1% en la imputación de rentas inmobiliarias. Esto rebaja la tributación de viviendas vacías o segundas residencias ubicadas en municipios con valores catastrales revisados y actualizados a partir del 1 de enero de 2012. Si tienes una segunda residencia o un inmueble sin alquilar, puede que te beneficies de esta mejora.

Gastos que puedes deducir como propietario arrendador:

  • Intereses y comisiones de la hipoteca (no el capital amortizado)
  • IBI y tasas municipales
  • Cuota de la comunidad de propietarios
  • Gastos de reparación y conservación del inmueble
  • Seguros del inmueble
  • Honorarios de agencia inmobiliaria o gestoría
  • Amortización del inmueble según los porcentajes reglamentarios

Sobre el rendimiento neto resultante se aplican las reducciones por arrendamiento de vivienda habitual, que desde la Ley de Vivienda varían significativamente según el tipo de contrato:

Supuesto del contrato Reducción
Nuevo contrato en zona tensionada con rebaja de renta ≥5% sobre el contrato anterior 90%
Arrendatario joven (18–35 años) o en situación vulnerable en zona tensionada 70%
El propietario realizó obras de rehabilitación energética finalizadas en los 2 años anteriores al contrato 60%
Contratos celebrados antes del 26/05/2023 (régimen transitorio Ley de Vivienda) 60%
Resto de contratos de vivienda habitual (reducción general aplicable desde 2024) 50%
⚠️ Importante: Estas reducciones solo aplican a alquileres de vivienda habitual. Quedan excluidos los alquileres turísticos, de temporada y los destinados a usos distintos del residencial habitual. Conserva siempre el contrato, NIF del inquilino, justificantes de obras y, si procede, el certificado de zona tensionada.

3

Si vives de alquiler

A nivel estatal, la deducción general por alquiler de vivienda habitual fue suprimida en 2015. Solo pueden aplicarla en régimen transitorio quienes tuvieran contrato firmado antes del 1 de enero de 2015 y base imponible inferior a 24.107,20 euros anuales: la deducción es del 10,05% sobre las cantidades pagadas.

Sin embargo, muchas comunidades autónomas mantienen sus propias deducciones por alquiler. En la campaña 2025 se han aprobado más de 200 nuevas deducciones autonómicas. Vale la pena revisar las de tu comunidad antes de confirmar el borrador.

En Castilla-La Mancha, revisa si puedes aplicar deducciones por:

  • Alquiler de vivienda habitual según edad, renta o situación familiar
  • Arrendamiento en municipios en riesgo de despoblación
  • Situaciones de discapacidad o familia numerosa o monoparental

4

Si compraste o vendiste una vivienda en 2025

Cualquier transmisión de inmueble genera una ganancia o pérdida patrimonial que debe reflejarse en la declaración. Se calcula restando el valor de adquisición (precio de compra más gastos e impuestos en su día) al valor de transmisión (precio de venta menos gastos de la operación).

Claves si vendiste una vivienda:

  • Exención por reinversión en vivienda habitual: si vendes tu vivienda habitual y reinviertes el importe en otra en un plazo de 2 años, la ganancia puede estar exenta
  • Mayores de 65 años: la ganancia por venta de la vivienda habitual está exenta sin necesidad de reinversión
  • Las pérdidas patrimoniales pueden compensarse con ganancias del mismo ejercicio
  • Las ganancias tributan en la base del ahorro, con los tipos que se detallan a continuación

Precisamente aquí hay una novedad importante en 2025: se eleva el tipo máximo de la base del ahorro:

Base liquidable del ahorro Tipo aplicable
Hasta 6.000 euros19%
De 6.000 a 50.000 euros21%
De 50.000 a 200.000 euros23%
De 200.000 a 300.000 euros27%
Más de 300.000 euros Novedad 202530% (antes 28%)

5

Todas las novedades del IRPF 2025 Actualizado

El Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, introduce cambios que van más allá de la vivienda. Estas son todas las novedades que pueden afectarte:

Eficiencia energética prorrogada

Las deducciones por obras de mejora energética (entre el 20% y el 60%) se mantienen. Para viviendas habituales, el plazo se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026; para edificios residenciales, hasta el 31 de diciembre de 2027.

🚗

Vehículos eléctricos: plazo extendido

La deducción por compra de vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible, y por instalación de puntos de recarga, se mantiene para adquisiciones e instalaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.

💶

Nueva deducción por rentas bajas

Hasta 340 euros de deducción para contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales y otras rentas que no superen los 6.500 euros. El importe se reduce progresivamente desde los 16.576 euros.

🔥

Exención por catástrofes

Las ayudas por daños personales vinculadas a los incendios forestales y emergencias ocurridas entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025 quedan exentas de IRPF. También quedan exentas determinadas ayudas de la Comunitat Valenciana por la DANA.

🧾

Autónomos en módulos: límites prorrogados

Se mantienen los mismos límites de módulos para 2026: hasta 250.000 euros de ingresos totales y 125.000 euros en operaciones con obligación de facturar a empresarios. Hubo un plazo extraordinario para renunciar hasta el 16 de febrero de 2026.

🏥

Nuevas deducciones autonómicas

Andalucía y Asturias: gastos para celíacos (hasta 100 €). Andalucía y Murcia: gastos deportivos y gastos veterinarios de mascotas. Galicia y Extremadura: cuidados de personas con ELA. Cataluña amplía la deducción por alquiler de vivienda habitual.

Novedad estrella: «Renta Directa» llega a 9 millones de contribuyentes

La gran apuesta tecnológica de esta campaña es la ampliación del servicio Renta Directa, que permite la presentación instantánea de la declaración. Este año el servicio se amplía a 9 millones de posibles usuarios, el doble que el año pasado, incluyendo nuevos colectivos con rentas sencillas. Las devoluciones se inician en tan solo 48 horas. Si tu situación es sencilla (sin alquileres ni ventas de inmuebles), es posible que puedas utilizarlo directamente desde la web de la AEAT.


6

Impuesto sobre el Patrimonio

Se presenta junto a la renta y afecta a quienes tengan cuota a ingresar o bienes y derechos valorados en más de 2 millones de euros. La presentación es exclusivamente electrónica.

Lo que debes saber sobre el Impuesto sobre el Patrimonio:

  • Mínimo exento estatal: 700.000 euros (puede variar según la comunidad autónoma)
  • La vivienda habitual está exenta hasta 300.000 euros por norma estatal
  • Tanto los contribuyentes con cuota a ingresar como quienes superen 2 millones en bienes deben declarar
  • Presentación exclusivamente por internet: con Cl@ve, número de referencia, DNI electrónico o certificado electrónico

Tu inmobiliaria de confianza en Tomelloso y la comarca

En GFIMA Inmobiliaria no solo te ayudamos a comprar, vender o alquilar tu vivienda: también te orientamos sobre las implicaciones fiscales de cada operación para que tomes las mejores decisiones.

Si tienes dudas sobre cómo te afecta la renta, si estás pensando en poner tu piso en alquiler o si quieres saber qué consecuencias fiscales tiene una compraventa, consúltanos. Te asesoramos o te ponemos en contacto con los mejores profesionales.

🏠
Compraventa de vivienda Te explicamos las implicaciones fiscales de comprar o vender en 2025.
🔑
Gestión de alquileres Contratos correctos y deducciones bien aplicadas desde el primer día.
📋
Valoraciones y tasaciones Para declarar con los valores correctos y evitar sorpresas de Hacienda.

¿Tienes dudas sobre tu declaración y tu vivienda?

Consúltanos sin compromiso. En GFIMA Inmobiliaria te orientamos o te ponemos en contacto con los profesionales adecuados para tu situación.

Contáctanos