Calculadora gratuita · Actualizada junio 2026

¿Cuánto puedes subir la renta a tu inquilino?

Responde 5 preguntas y te decimos cuánto puedes subir, con explicación clara.

⚠️ Aviso legal (28/04/2026): el Congreso ha derogado el RDL 8/2026, por lo que el tope del 2% en la actualización de la renta y la prórroga extraordinaria de 2 años han dejado de aplicarse desde el 29 de abril de 2026. Esta calculadora ya está actualizada y aplica el tope solo a aniversarios entre el 22/03/2026 y el 28/04/2026 (cuando el RDL estaba vigente). Para aniversarios desde mayo en adelante, se aplica el IPC o el IRAV completo.

¿Tu contrato incluye una cláusula de actualización de renta?

Es la cláusula que permite revisar el precio cada año (suele mencionar "IPC", "índice de referencia" o "actualización anual"). Si tu contrato no la incluye expresamente, no puedes subir la renta, según el artículo 18.1 de la LAU.

¿Qué tipo de inmueble has alquilado?

El índice de actualización aplicable depende del tipo de uso del inmueble.

¿Cuándo se firmó el contrato?

La fecha del 26 de mayo de 2023 es un punto de inflexión: marca la entrada en vigor de la Ley de Vivienda.

¿Eres gran tenedor?

Según el art. 3.k) de la Ley 12/2023, eres gran tenedor si posees más de 10 viviendas urbanas residenciales o más de 1.500 m² de uso residencial. En zonas tensionadas, algunas comunidades reducen el umbral a 5 viviendas.

¿Hay acuerdo expreso por escrito con el inquilino sobre la subida?

Hablamos de un pacto firmado o aceptado por email específicamente para esta actualización (no la cláusula genérica del contrato).

Datos del contrato

Solo necesitamos la renta y la fecha del aniversario.

€/mes

💡 ¿Qué es el "aniversario"? Es el mes en que se cumple un año de la firma del contrato (o de la última actualización). Por ejemplo, si firmaste el 15 de julio de 2024, el aniversario será julio (2025, 2026...). La actualización solo es válida una vez al año, en esa fecha.

Resultado

Tu renta actualizada será de

Resumen del cálculo

¿Por qué este resultado?

    Aplica la normativa vigente: Ley 29/1994 (LAU) y Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda. El RDL 8/2026 (tope del 2%) estuvo vigente entre el 22/03/2026 y el 28/04/2026, fecha en que el Congreso lo derogó. Los datos de IRAV e IPC se actualizan según las publicaciones del INE. No constituye asesoramiento jurídico.